El Superior Tribunal de Justicia de Brasil («STJ» o «Tribunal») se pronunció en una importante decisión en el Recurso Especial nº 1.900.843-DF, relativo a la responsabilidad de socios y administradores según la teoría del «levantamiento del velo societario».
El tribunal adoptó una interpretación restrictiva del artículo 28, párrafo 5º, de la Ley Federal nº 8.078/90 («Código Brasileño de Protección al Consumidor»), determinando que el «levantamiento del velo societario» de una persona jurídica empresarial no autoriza la responsabilidad personal (i) del gestor que no posea la calidad de socio, y (ii) de la persona que, aun ostentando la calidad de socio, no ejerza actos de gestión, cualquiera que sea el tipo de estructura societaria adoptada por la persona jurídica empresarial.
El Tribunal analizó que la Teoría Menor («Teoria Menor») del levantamiento del velo societario, consagrada por las disposiciones del Código Brasileño de Protección al Consumidor, y concluyó que esta opción legislativa diverge del concepto original de la teoría, ya que esta última exige la existencia de fraude, abuso de derecho o confusión patrimonial, mientras que la primera no exige la existencia de tales elementos.
Por esta razón, el STJ entendió que es necesario un análisis restrictivo de las disposiciones del Código de Protección al Consumidor brasileño para uniformizar la aplicación de la teoría del levantamiento del velo societario como excepción a la regla de la autonomía patrimonial de las personas jurídicas comerciales en el derecho brasileño, independientemente de su tipo.
Nuestro equipo está a su disposición para mayores aclaraciones, así como para asistirle en cuestiones relacionadas con la responsabilidad de los socios.
Gustavo Flausino Coelho – gustavo@bastilhocoelho.com.br
Larissa Santos Bastos – larissa@bastilhocoelho.com.br