El actor de una acción de prescindencia de la personalidad jurídica ahora podrá ser condenado al pago de honorarios contingentes
Durante años, la Tercera Sección del Superior Tribunal de Justicia («STJ») entendió que no era admisible condenar al pago de honorarios contingentes en una acción de prescindencia de la personalidad jurídica, dada la falta de disposición legal que lo justificase, como se ve en el Recurso de Apelación Especial n.