Las principales innovaciones aportadas por la Resolución CVM Nº 175

La Resolución CVM nº 175, publicada el 23 de diciembre de 2022 por la Comisión de Valores Mobiliarios de Brasil, se considera un importante hito normativo en el universo de los fondos de inversión brasileños y entrará en vigor el 3 de abril de 2023.

El nuevo conjunto normativo pretende una mejor sistematización y unificación de las normas relativas a los fondos de inversión, a través de 16 capítulos, que regulan desde la constitución hasta la liquidación de los fondos. El proyecto compatibiliza la regulación de los fondos con las innovaciones introducidas por la Ley nº 13.874/2019 (Ley de Libertad Económica).

La metodología del nuevo marco regulatorio adopta una parte general, con reglas aplicables a todas las categorías de fondos, complementada por disposiciones específicas contenidas en los Anexos Normativos de la Resolución. Hasta ahora, los anexos sólo tratan de los Fondos de Inversión Financiera (FIF) y los Fondos de Inversión en Derechos de Crédito (FIDC), pero la tendencia es que otras categorías de fondos de inversión también reciban anexos específicos.

La resolución aportó muchas innovaciones y, entre ellas, destacamos las siguientes

  • Activos segregados

Una de las innovaciones traídas por la Resolución CVM nº 175 es la posibilidad de que el reglamento del fondo de inversión prevea la existencia de diferentes clases de participaciones con patrimonio neto segregado para cada clase en la misma cartera.

Esta opción permite reunir en un mismo fondo diferentes estrategias de inversión (es posible que un FIF cree una clase centrada en acciones y otra en renta fija, por ejemplo) y diferentes perfiles de accionista.

Cabe señalar, no obstante, que está prohibida la creación de una nueva clase capaz de alterar el régimen fiscal del fondo o de sus demás clases. De este modo, sólo las clases de acciones reguladas por el mismo anexo normativo pueden coexistir en la misma cartera.

  • Responsabilidad limitada de los accionistas

Otro aspecto destacado es la necesidad de que el reglamento prevea la responsabilidad de los titulares de las cuotas, que ahora puede limitarse al valor de sus cuotas suscritas, debiendo añadirse el sufijo «Responsabilidad Limitada» a la denominación de la clase de cuota que adopte esta norma.

Al adherirse a un fondo de inversión que opte por el régimen de responsabilidad ilimitada, el titular de la cuota debe certificar que conoce los riesgos mediante la firma de un Término de Conocimiento y Asunción de Responsabilidad Ilimitada, en el que se indica que el titular de la cuota puede responder por un eventual patrimonio neto negativo.

  • Insolvencia civil

Además, la Resolución introdujo en el universo de los fondos de inversión el instituto de la insolvencia civil, aplicable a las clases de fondos de inversión en las que existe una limitación de la responsabilidad de los titulares de cuotas.

Al comprobar que el patrimonio neto de la clase de acciones es negativo, el administrador debe preparar un plan para la resolución del patrimonio neto negativo, conjuntamente con el gestor, y presentarlo a la asamblea de titulares de cuotas.

En caso de que el plan no sea aprobado, los titulares de las cuotas tendrán la opción de (i) cubrir el patrimonio neto negativo, mediante la aportación de recursos, propios o de terceros; (ii) escindir, fusionar o incorporar la clase a otro fondo que ya haya presentado una propuesta analizada por los prestadores de servicios esenciales; (iii) liquidar la clase que se encuentre con patrimonio neto negativo, siempre que no queden obligaciones por honrar con sus activos; o (iv) determinar que el administrador solicite la declaración judicial de insolvencia de la clase de cuotas.

Parece que el marco regulador podrá aportar mayor eficacia al sector de los fondos de inversión, sin comprometer la protección de los inversores. João Pedro Nascimento, presidente de la CVM, subraya que el objetivo del conjunto de normas es aportar innovación y modernización al entorno regulador de los mercados de capitales.

Nuestro equipo está a su disposición para cualquier aclaración adicional, así como para ayudarle con las preguntas relacionadas con el nuevo marco regulador de los fondos de inversión.

Gustavo Flausino Coelho – gustavo@bastilhocoelho.com.br
Shayenne Buarque de Freitas – shayenne@bastilhocoelho.com.br

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