El 28 de octubre de 2021, se fue aprobado por el Consejo Directivo de la ANPD la Regulación de los Procedimientos Administrativos Sancionadores – PAS y Fiscalizadores en la ANPD, que disponen acerca de las reglas que si refieren a estos procedimientos.
La Regulación dispone que la Ley de Procedimientos Administrativos Federales de Brasil – Ley no. 9.784/1999 va a ser aplicada subsidiariamente a los procedimientos administrativos de la ANPD, que podrán ser empezados de oficio por la Autoridad. Además, las pruebas de otros procedimientos, tanto administrativos cuanto judiciales, podrán ser utilizadas, aún que sean de procedimientos de autoridades de protección de datos extranjeras.
La Regulación dispone también que las peticiones de los titulares a la ANPD deben tener la comprobación de una tentativa de contacto con en Controlador para solucionar el problema. Todavía, la autodeclaración de lo titular será aceptada como comprobación, si no fuera posible presentar otro medio de prueba. La Regulación dispone adicionalmente que las denuncias a la ANPD pueden ser anónimas.
Acerca de la fiscalización de la ANPD, la Regulación ha creado herramientas que van a ser utilizadas antes de lo PAS, intentando que se evite o resuelva las situaciones que pueden causar daño a los titulares de datos. El incumplimiento de una de estas herramientas puede ser tomado como circunstancia agravante, caso lo PAS sea instaurado.
La Regulación también clarificó que todos los plazos van a ser en días laborables y que los plazos para defesa y apelación van a ser de 10 días laborables. No cabrá apelación contra la decisión que instaura un PAS y los PAS que resulten en sanciones podrán ser revisados a cualquier tiempo.
Por fin, la Regulación también dispone que se podrá realizar un Término de Ajuste de Conduta – TAC, entre el agente interesado y la ANPD, que va a suspender el PAS.
Nuestro equipo está a disposición para cualquier aclaración adicional, así como para ayudar con los procedimientos de cumplimiento de las obligaciones reglamentarias de la LGPD ante la ANPD.
Gustavo Flausino Coelho – gustavo@bastilhocoelho.com.br
Fernando Naegele – fernando@bastilhocoelho.com.br