La Agencia Brasileña de Transporte Acuaviario edita una nueva resolución sobre la concesión y arrendamiento de puertos

La Resolución nº 94 del 20 de febrero de 2023 fue emitida por la Agencia Nacional de Transporte Acuaviario ("ANTAQ") con el objetivo de proporcionar más detalles sobre el procedimiento de arrendamiento y concesión de puertos organizados y reforzar el papel institucional de la Comisión Permanente de Licitación Pública de Concesiones y Arrendamientos Portuarios ("CPLA").

La nueva norma prevé el rito de análisis de la concesión de puertos organizados y arrendamientos portuarios, dividiendo el procedimiento en dos fases principales: una antes y otra después de la audiencia pública. En consonancia con el diálogo institucional, también hay una fase de tramitación destinada a adaptarse a las posibles manifestaciones del Tribunal Federal de Cuentas.

En el procedimiento de análisis previo a la audiencia pública, los estudios de viabilidad se enviarán a la Asesoría Especial de Concesiones, que conducirá el proceso asistiendo al Director encargado de informar el análisis y reunir las contribuciones de las superintendencias de la ANTAQ, como la Superintendencia de Regulación; la Superintendencia de Concesión; la Superintendencia de Fiscalización y Coordinación de Unidades Regionales; y la Superintendencia de Desempeño, Desarrollo y Sostenibilidad, cada una con competencias bien definidas por la resolución.

Una vez designada y realizada la audiencia pública, los aportes serán analizados por el CPLA, que enviará un informe al Consejo de Administración de ANTAQ. El CPLA también remitirá al Consejo de Administración los proyectos de protocolo de licitación y de contrato, teniendo en cuenta las contribuciones realizadas en la audiencia pública, las deliberaciones previas de los Consejeros, así como las manifestaciones del Tribunal de Cuentas de la Unión y de la Procuraduría de la Unión adscritos a la ANTAQ.

Tras este procedimiento, corresponderá al Consejo de Administración de la ANTAQ la deliberación final sobre los proyectos de protocolo de licitación y de contrato.

La resolución también deja claro que la celebración de un contrato de concesión o arrendamiento deberá ir precedida de consultas con la administración portuaria, la autoridad aduanera local y el gobierno municipal. Además, todos los criterios de análisis de las propuestas de licitación se establecerán en el anuncio de licitación y servirán de base para el juicio del CPLA.

Nuestro equipo está a su disposición para cualquier aclaración adicional, así como para asistirle en cuestiones relacionadas con la concesión de puertos organizados y el arrendamiento portuario.

Gustavo Flausino Coelho – gustavo@bastilhocoelho.com.br

Thales Castanheira – thales@bastilhocoelho.com.br

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