Nueva Medida Provisional regula las Apuestas Deportivas en Brasil

Recientemente, el 24 de julio de 2023, fue editada la Medida Provisional n. 1.182/2023 (“MP 1.182/2023”), que ha introducido novedades acerca de las apuestas de cuota fija (“apostas de quota fixa”), donde los apostantes arriesgan pronósticos sobre eventos deportivos reales y sus resultados, categoría más conocida como apuestas deportivas o sports betting.

Según la Medida Provisional, las casas de apuestas van a necesitar una otorga del Ministerio de Hacienda, por medio de autorización, concesión y permiso, para que puedan ejercer su actividad en Brasil. Cumple señalar que tal obligación solamente va a ser exigida después de la publicación del edicto reglamentando el tema por el Ministerio de Hacienda. 

Desde una perspectiva tributaria, la tributación del Impuesto sobre la Renta para los apostantes va a ser de 30% de los premios recibidos que excedan el umbral de exención, actualmente alrededor de 2,1 mil reales. Además, para las casas de apuestas, la MP 1.182/2023 estableció una tasa impositiva de 18% que se aplicará sobre las ganancias de las apuestas realizadas, deducidas de los premios pagados a los apostantes y del Impuesto sobre la Renta retenido sobre estos valores, conocido como Gross Gaming Revenues - GGR.

En cuanto a las cuestiones de publicidad y marketing de las casas de apuestas, la MP 1.182/2023 prevé que el Ministerio de Hacienda regulará el tema, aunque también se ha preservado la competencia adicional del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria - CONAR. Además, se prohíbe la publicidad de casas de apuestas sin la otorga del Ministerio de Hacienda, bajo pena de aplicar sanciones administrativas.

Además, la MP 1.182/2023 prohíbe que los controladores de las casas de apuestas tengan participación en Sociedades Anónimas de Fútbol - SAFs o en organizaciones deportivas profesionales, así como ejerzan cargos directivos en equipos deportivos.

La MP 1.182/2023 también define al apostante, que solo puede ser una persona física, y establece que ciertas personas no pueden realizar apuestas, como menores de edad e inscritos en registros de protección crediticia, permitiendo que el Ministerio de Hacienda defina nuevas personas impedidas. Esta prohibición también se aplica a participantes o miembros de equipos participantes en competiciones y a personas vinculadas a casas de apuestas y órganos deportivos, así como a sus parientes en línea recta y colateral hasta el segundo grado.

Otros aspectos relevantes de la MP 1.182/2023 son: (i) la obligación de que las casas de apuestas elaboren códigos de conducta y buenas prácticas, así como mecanismos de seguridad e integridad, de acuerdo con la regulación que desarrollará el Ministerio de Hacienda; (ii) la posibilidad de prohibir apuestas que no sean en el resultado final de un evento deportivo por parte del Ministerio de Hacienda; y (iii) la posibilidad de intimar a los proveedores de Internet y las tiendas de aplicaciones para bloquear sitios y/o aplicaciones de casas de apuestas sin la otorga del Ministerio de Hacienda.

Finalmente, la MP 1.182/2023 establece infracciones y sanciones aplicables a personas físicas y jurídicas que incumplan la normativa. Las multas financieras se establecerán en un rango entre 0,1% y 20% de los ingresos, con un límite de 2 mil millones de reales, para personas jurídicas en las que se pueda verificar esa cantidad, y entre 50 mil y 2 mil millones de reales para personas físicas, otras personas jurídicas y asociaciones que no realicen actividades empresariales.

Además de las sanciones pecuniarias, la MP 1.182/2023 contempla la posibilidad de aplicar otras sanciones, como advertencias, suspensión de la otorga para las casas de apuestas por hasta 180 días, revocación de la otorga y prohibición de obtener una nueva otorga por parte del titular o realizar ciertas actividades por hasta 10 años.

Una vez que sea una Medida Provisional, la norma tiene efecto inmediato, aunque ciertos dispositivos entrarán en vigor solo después de la regulación del Ministerio de Hacienda o de tres meses. A pesar de esto, la MP 1.182/2023 debe ser votada y aprobada por el Congreso Nacional dentro de un plazo de hasta 120 días desde su publicación, de lo contrario perderá su validez. Por lo tanto, se esperan novedades pronto en el panorama de la regulación de las apuestas deportivas en el escenario brasileño.

Nuestro equipo está a disposición para cualquier aclaración adicional, así como para ayudar con la adecuación al reglamento de las apuestas deportivas.

Gustavo Flausino Coelho – gustavo@bastilhocoelho.com.br

Fernando Naegele – fernando@bastilhocoelho.com.br

Receba nossas novidades